prestación por maternidad

Por ley en España, cuando una mujer trabajadora, va a dar a luz o adopta a un hijo, se beneficiará de 16 semanas de baja, y por ende, recibirá la prestación por maternidad, destinada a suplir los ingresos mientras esta de baja por maternidad.

Permisos por nacimiento y cuidado del menor

De siempre estos permisos por nacimiento de hijo o adopción de hijo, se han llamado permiso de maternidad y permiso de paternidad. Pero en la actualidad no se distingue entre la madre o el padre, y este tipo de prestación o subsidio se a unificado para llamarse oficialmente “permiso por nacimiento y cuidado del menor“.

En este artículo haremos referencia al subsidio del permiso por maternidad, diseñada especialmente para aquellas madres trabajadoras que por nacimiento o adopción, no pueden seguir trabajando, y tienen que cubrir los gastos habituales.

Es importante que la madre esté en situación activa de trabajo para acogerse a este subsidio, en el momento que solicita la prestación por maternidad, su contrato quedará suspendido, pero siempre después de la baja podrá reincorporarse sin oposición de la empresa.

Pero si no estás trabajando (en situación legal de desempleo) o eres autónoma, también tienes derecho a solicitar esta prestación, pero con diferentes requisitos y condiciones que detallaremos más abajo.

Requisitos prestación por maternidad

Los requisitos son pocos, no será necesario de mucho papeleo, en general, los principales requisitos son:

  • Estar dada de alta (trabajando)
  • Tener la cotización mínima (6 meses).
  • Residir legalmente en España

Estar dada de alta

El requisito principal para beneficiarte de la prestación por maternidad, es estar dada de alta en la Seguridad Social como trabajadora.

En su defecto, también puedes estar como “situación asimilada de alta”, las situaciones asimiladas de alta por la Seguridad Social corresponden a:

  • Estar en situación legal de desempleo y cobrando el paro
  • Traslado a otro país para trabajar (por una empresa de España)
  • Se tendrán en cuenta los periodos de descanso para los trabajadores fijos discontinuos (no hace falta cobrar ninguna prestación para optar).
  • Ser víctima de violencia de género
  • Estar de huelga
  • Cierre patronal

Tener la cotización mínima

Dependiendo la edad de la madre, además de estar dada de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta, esta prestación de maternidad tendrá un requisito indispensable, que es la cotización mínima en la Seguridad Social que la madre debe de tener, para ello:

  • En el caso que la madre trabajadora es menor de 21 años, no tendrá periodo de cotización.
  • Si la madre trabajadora tiene entre 21 y 26 años, deberá tener en los últimos 7 años 90 días cotizados, o 180 días cotizados en toda su vida laboral.
  • Si la madres trabajadora es mayor de 26 años, deberá tener en los últimos 7 años 180 días cotizados, o 360 días cotizados en toda su vida laboral.

Subsidio no contributivo por maternidad

permisos por nacimiento y cuidado del menor

En el caso de que no puedas cumplir con el requisito mínimo por el periodo de cotización, y no puedas acceder a la prestación por maternidad, todavía tienes opciones, y esta se llama solicitar y cobrar el subsidio no contributivo por maternidad.

Desde el mismo día que nace tu hijo, tendrás 43 días naturales, y se cobrará el 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que en la actualidad en el año 2020 corresponde a 17,93€ diarios.

Por otra parte, si la madre, es familia numerosa (tiene el titulo acreditativo) o tiene un parto múltiple, o si la madre o hijo tenga alguna discapacidad igual o superior al 65%, la prestación de subsidio no contributivo por maternidad se le añadirán otros 14 días naturales, a los 43 días por defecto, en total 57 días naturales de subsidio.

¿Cuánto dura la prestación por maternidad?

Como hemos comentado más arriba, la prestación por nacimiento y cuidado del menor tiene una duración, tanto para la madre como para el hijo, de 16 semanas de forma seguida (ininterrumpidas).

Obligatoriamente, la madre tendrá que cumplir 6 semanas, posteriormente si la madre quiere reincorporarse al trabajo, lo podrá hacer, pero no es obligatorio después de 6 semanas seguir con la prestación, es opcional.

También es posible compartir el periodo de descanso con el padre o madre. Para ello, cuando iniciamos la solicitud para percibir la prestación, debemos de indicarlo. Inclusive, si se tiene un parto múltiple, su recien nacido ha tenido que ser hospitalizado por complicaciones, o hay alguna discapacidad, esas 16 semanas podrán ser ampliables.

¿Cuánto se cobra por el subsidio de maternidad?

Siempre, bajo otras circunstancias, se recibirá como cobro mensualmente el 100% de la base reguladora de su salario antes de iniciar la baja. Por lo tanto, si tu mientras trabajabas, percibías 1000€ como base reguladora por contingencias comunes en una Incapacidad temporal, seguirás cobrando lo mismo (el 100%).

Solicitar prestación por maternidad

A través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, podrás iniciar la solicitud para cobrar la prestación por nacimiento y cuidado del menor. En el caso que seas una trabajadora del mar, deberás presentar la solicitud en el Instituto Social de la Marina.