prestación por paternidad

Cuando un trabajador va a ser padre, ya sea por primera, segunda o tantas veces quiera, o vaya a adoptar, tutelar o acoger un menor, este tendrá derecho a la conocida prestación por paternidad. Desde el 1 de Abril del 2019, el nombre de este subsidio ha sido cambiado por la Seguridad Social y ahora se le conoce como “Permiso por nacimiento y cuidado del menor“.

Requisitos para solicitar la prestación por paternidad

Cualquier trabajador, en situación de alta en la Seguridad Social, o asimilada, tendrá derecho a solicitar la prestación por paternidad. Además, deberá de cumplir otro requisito, que es el del periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social, y esto varía dependiendo de la edad del padre:

  • Para menores de 21 años, no tendrá que tener un mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 26 años, tendrá que tener como mínimo 90 días cotizados en los últimos 7 años, o en su defecto, 180 días cotizados a lo largo de toda su vida laboral.
  • Mayores de 26 años, deben de tener 180 días cotizados en los últimos 7 años, o de lo contrario, tener 360 días cotizados en toda su vida laboral.

Además, no puedes tener retrasos ni deudas con la Seguridad Social, por lo tanto, antes de solicitar nada, asegúrate de no deber nada.

Prestación paternidad para autónomos

permisos por paternidad y cuidado del menor

Como hemos comentado antes, el padre debe de estar dado de alta en la Seguridad Social, para ello, entran dentro también los trabajadores por cuenta propia, es decir, los autónomos.

Los requisitos para solicitar esta prestación por nacimiento o cuidado del menor en autónomos, varían ligeramente, ya que aquí no se tendrá en cuenta la edad del padre, si no más bien la cotización mínimo. Por lo tanto, por norma general, para poder acceder a la prestación por paternidad, tendrás que tener cotizados mínimo 180 días en los últimos 7 años.

Además, no te olvides de que tienes que estar dado de alta legalmente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Y como siempre, no deber ninguna cuota de autónomos a la Seguridad Social.

Solicitar prestación por paternidad (nacimiento o cuidado del menor)

Para iniciar los trámites y presentar la solicitud, tendrás que rellenar este formulario de Prestación maternidad-paternidad por nacimiento o adopción y acogida de un menor.

Podrás descargar y rellenar ese formulario para posteriormente presentarlo en las oficinas de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio, siempre pidiendo cita previa.

Documentación necesaria

Si eres un trabajador por cuenta ajena, trabajando para cualquier empresa, la documentación que debes presentar junto al formulario de arriba, es la siguiente:

  • DNI o NIE
  • Libro de familia (copia y original)
  • Número de cuenta donde vas a percibir los cobros mensuales
  • Certificado de empresa y última nómina
  • Certificado de nacimiento del bebé, o certificado de acogida o tutela

Si eres un trabajador por cuenta propia (autónomo), tendrás que presentar junto al formulario de arriba, la siguiente documentación:

  • Declaración de la situación de actividad

Ten en cuenta, que si no es por nacimiento de un hijo, si no más bien por una acogida, tutela o adopción, deberás presentar una resolución judicial (la copia y el original) conforme se ha constituido la adopción, tutela o resolución de un acogimiento en la familia.

¿Está exenta de IRPF la prestación por paternidad?

La respuesta es clara, sí que esta exenta del pago del IRPF la prestación por nacimiento o cuidado del menor. Toda esta información la puedes encontrar en la Agencia Tributaria, en la sentencia a fecha de 3 octubre de 2018 del Tribunal Supremo en 1462/2018

Además, si se te han cobrado el IRPF en años anteriores, podrás recuperar el IRPF de los ejercicios 2015,2016 y 2017.

Cálculo y cuándo se cobra la prestación

En base a la base reguladora se cobrará el 100%, pero, en el caso de los trabajadores por cuenta propia, se tendrá en cuenta la base de cotización de los últimos 6 meses. Además, los pagos los tramita la Seguridad Social, y esta prestación se pagará a mes vencido, por lo tanto, en cuanto tu solicitud haya sido aprobada, recibirás el primer cobro del subsidio por paternidad.

 

Si deseas pedir o modificar Cita Previa con la Seguridad Social

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