Mantener un hogar puede resultar caro, con el coste de los servicios de electricidad, agua, aseo, gas, entre otros gastos. En muchos casos, puede resultar difícil a las familias llegar a fin de mes. Afortunadamente, hay programas sociales para ayudar a las poblaciones vulnerables a amortiguar algunos de estos costes. Uno de estos programas es la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos.

Prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos

¿Qué es la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos?

Consiste en una prestación permanente dirigida a personas que no pueden mantener su vivienda principal por sí mismos debido al deceso de un familiar (hasta el segundo grado de consanguinidad) o de un cónyuge con el que compartían gastos. Tiene por objeto asegurar la habitabilidad de la vivienda principal, permitiendo que los beneficiarios puedan seguir teniendo una vida independiente.

Requisitos

  • Ser residente legal de Catalunya.
  • Acreditar que los gastos típicos asociados al mantenimiento de la vivienda (como la electricidad, el agua y el gas) se pagan con los ingresos propios.
  • Acreditar que los gastos típicos asociados al mantenimiento de la vivienda (como la electricidad, el agua y el gas) se pagaban de manera conjunta con un cónyuge o familiar fallecido. 
  • Acreditar que había dependencia económica hacia el cónyuge o familiar fallecido.
  • No ser beneficiario de servicios públicos ni prestaciones de atención residencial, médica o de naturaleza semejante, ni estar ingresado en un centro penitenciario en régimen cerrado ni ordinario. No obstante, los residentes de viviendas tuteladas, al no ser considerados como beneficiarios de servicios de acogimiento residencial, pueden solicitar esta prestación. 
  • Tener unos ingresos anuales que sean exactamente de 8.985 euros o inferiores a este monto.

Incompatibilidades

Esta prestación no podrán recibirla aquellas personas que, aún cumpliendo con los requisitos, ya sean beneficiarias de las siguientes ayudas sociales:

Documentación necesaria

Para formalizar la solicitud, el día de la cita se deberá aportar la siguiente información. Pese a que no es indispensable presentarla todo, es aconsejable llevarla por si llega a requerirse:

  • Documento de identificación oficial de la persona solicitante (DNI, NIE, etc.).
  • Email de la persona solicitante, de un amigo o de alguien allegado.  
  • Datos de la persona fallecida, incluyendo su fecha de nacimiento, nombres, apellidos y DNI o NIE.
  • Datos y número IBAN de la cuenta bancaria de la persona solicitante.
  • En caso de que la persona solicitante sea beneficiaria de pensiones en el extranjero, debe presentar: la fecha en la que empezó a recibir la prestación, la frecuencia con la que la recibe, el importe, el número de pagos y la organización que otorga la prestación.
  • En caso de que la persona solicitante sea representada legalmente por un tercero al momento de la solicitud, se deberá presentar un documento que acredite esta situación.

Cómo solicitarla

Hay dos vías para solicitar esta prestación: por internet, y presencialmente.

Por internet

Se recomienda solicitar la prestación por Internet. Desde este enlace puedes hacer el trámite. Para ello, deberás de llenar y firmar un formulario electrónico de solicitud, y seguir el resto de pasos que se indican. Si presentas la solicitud con éxito, recibirás un acuse de recibo con una copia del formulario.

Puedes ver este vídeo para obtener instrucciones más detalladas sobre cómo presentar el formulario electrónico de solicitud, 

Presencialmente

Únicamente se recomienda hacer la solicitud presencialmente en aquellos casos en los que no se disponga de los medios necesarios para hacer el trámite por internet. Para ello, primero has de pedir una cita previa llamando al 900 400 012 o a la Oficina de Atención Ciudadana del Departamento de Derechos Sociales de la localidad donde resides.

Una vez tengas cita, deberás presentar la documentación requerida en la oficina y fecha que te indiquen. La tramitación toma alrededor de 30 minutos, durante los cuales contarás con la orientación y la atención del personal de la oficina.

Si deseas obtener más información sobre cómo concretar la solicitud tanto presencialmente como por internet, visita este enlace.

Cuantía de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos

  • La cuantía máxima que pueden recibir los beneficiarios de esta prestación es de 540 euros anuales, otorgados en doce cuotas mensuales de 45 euros. 
  • Por otro lado, la cuantía mínima es de 72 euros anuales, otorgados en doce cuotas mensuales de 6 euros. 

Los trabajadores del Departamento de Derechos Sociales evalúan la situación económica y las necesidades de mantenimiento del hogar de cada beneficiario para, en base a ello, determinar la cuantía que les corresponde. 

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