Si no quieres perder el tiempo y que te denieguen la prestación contributiva, sigue las recomendaciones siguientes, muchos usuarios por desconocimientos comenten muchos errores a la hora de pedir una prestación contributiva, por eso hemos querido analizar con todos vosotros lo que se hace mal, y lo que no se debe hacer.

Apuntarse al paro antes de pedir la prestación

Parece un paso sencillo, pero muchas personas después de quedarse en el paro, piden hora en el SEPE para solicitar directamente la prestación. Esto conlleva pérdida de tiempo debido a que te pedirán primero que te apuntes al paro.

Por lo tanto, es obligatorio inscribirte como demandante de empleo en el Sepe (antiguo INEM). O en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma, pueden ser en el SAE, el SOC, LANBIDE o SERVEF. Para ello, tendrás que acudir directamente a las OFicinas de Empleo e inscribirte en el paro.

  1. Apuntarse al paro
  2. Solicitar el paro en el SEPE (tienes que pedir cita previa inem)

Sellar el paro cuando corresponde

Una vez te has inscrito como demandante de empleo, el servicio autonómico te entregará una hoja llamado “DARDE” o “tarjeta del paro” en la cual estará impresa la fecha en la que tendrás que volver a acudir a la oficina para renovar la demanda del paro, más conocido como “Sellar el Paro“.

No te olvides de renovar el paro, ya que el no renovar el paro puede implicar la pérdida de ayudas y prestaciones por desempleo.

Pide cita previa antes de ir a la oficina de empleo

Es importante que no te presentes en la oficina de empleo sin antes pedir cita previa. Cuando estemos inscritos como demandante de empleo, entonces si que podemos solicitar el paro, pero para ello, tendremos que pedir cita previa por teléfono o por internet.

Este paso es obligatorio, no te olvides, así te evitarás perder tiempo.

Pedir el paro por Internet

Por si no lo sabías, si no tienes mucho tiempo libre, puedes solicitar la prestación por desempleo por Internet a través del SEPE Online. Desde la sede electrónica oficial que podrás acceder dando click aquí abajo:

Pedir el paro fuera de plazo

Muchas personas en paro desconocen este dato, pero cuando nos quedamos en situación legal de desempleo, es decir, cuando nos cesan el contrato y nos quedamos sin trabajo, tenemos 15 días hábiles para pedir la prestación por desempleo.

Esos 15 días hábiles comienzan desde el mismo día en el que te quedas sin empleo, por lo tanto, en esos 15 días hábiles tendrás que apuntarte al paro, y solicitar el paro.

Infórmate antes de pedir la prestación por desempleo

En la página web oficial del SEPE tienes toda la información oficial por parte de las Oficinas de Empleo, además, aquí en CitaPreviaSoc tienes información extra para complementar la dada por el SEPE. Accede a su portal web oficial dando click en el siguiente enlace:

Prepara y no te olvides toda la documentación

Somos humanos, y no robots, y por eso mismo es posible que una vez que tengamos ya la fecha asignada para ir a solicitar nuestro paro, puede que saliendo con prisas de casa se nos olvide. Por eso es importante que antes de salir de tu hogar, verifiques que llevas toda la documentación que la Oficina de Empleo de tu localidad te pide.

Los funcionarios del SEPE también informan

Cuando ya estes en las Oficinas del SEPE, del SOC, de LANBIDE o cualquier otra, y ya estés pidiendo la prestación por desempleo, es importante que ya que te encuentras ahí, y tengas algún tipo de duda, preguntes al funcionario que te está atendiendo.

Es su deber y obligación que te mantengan informado en todo momento acerca de cualquier duda que tengas.

Tienes que recurrir si te deniegan la prestación de desempleo

Puede parecer una locura, pero si el SEPE decide que no tienes derecho al paro, tienes que recurrir esa decisión, ya que estos se basan exclusivamente en la normativa de cada prestación. Pero siempre hay que tener en cuenta que son personas las que tenemos tomando esa decisión, y pueden haber errores, o que te hayas olvidado presentar alguna documentación, etc.

Primero tendrás que presentar las alegaciones oportunas y presentar una reclamación administrativa previa en el propio Servicio Público de Empleo Estatal. El propio servicio público revisará tus alegaciones, y si estás vuelven a denegarte el paro, entonces podrás volver a recurrir, y ahí será el Juez de lo Social quien tenga la última palabra.

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