Existe mucha confusión ahora mismo con las diferencias entre un ERTE y un ERE. Los Expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) son una cosa, y un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es otra.
¿Qué es un ERTE?
Un ERTE, como sus propias siglas indican, es un expediente de regulación TEMPORAL de empleo, por ende, al ser temporal, la desvinculación del trabajador con la empresa no es definitiva, si no que su duración es temporal por el hecho de haberse producido el parón de una actividad laboral en la empresa.
El ejemplo claro es lo que está ocurriendo en nuestra economía y país hoy en día, el cierre de bares y restaurantes a causa de la pandemia mundial que estamos viviendo por el Coronavirus, y su aplicación al estado de alarma en España, ha llevado a que bares y restaurantes echen la persiana de forma temporal, y por ende, sus trabajadores no pueden desarrollar la actividad laboral que les tocaba, y pasan a estar en ERTE de forma temporal hasta que vuelvan a abrir las empresas.
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¿Qué es un ERE?
Un ERE es un Expediente de Regulación de Empleo, en este caso no es temporal y por ende la suspensión de empleo es definitiva. Un ERE es un mecanismo al que se acoge la empresa que está teniendo dificultades económicas para hacer frente a los pagos a proveedores y empleados, y por ende se acogen al derecho legal de un ERE para poder despedir a sus trabajadores.
Son más conocidos como despidos colectivos, siempre asegurándose de repercutir negativamente a muchos trabajadores. Por ejemplo, la ley establece que:
- Si la empresa cuenta con menos de 100 empleados, el despido o suspensión por ERE debe de afectar como mínimo a 10 trabajadores.
- Si la empresa cuenta con entre 100 y 300 trabajadores, el despido debe de afectar como mínimo a un 10% de la plantilla.
- Si la empresa cuenta con una plantilla superior a 300 trabajadores, como mínimo un ERE debe de afectar a 30 de ellos.
Estas normas se aplican para evitar que cualquier empresario pueda presentar un ERE en cualquier momento para ahorrarse el despido. Tendrá que justificar ese ERE debidamente.
¿Existen indemnizaciones por un ERTE y ERE?
En el caso de que la empresa se haya acogido a un ERTE ( Un expediente de regulación temporal de empleo) el trabajador no tendrá ningún derecho a una indemnización, debido a que seguirá en activo en la empresa pero pasará a cobrar la prestación extraordinaria por desempleo de un ERTE.
En el caso del ERE, si que existe una indemnización económica, debido a que literalmente los contratos se suspenden definitivamente, entonces pasa a estar en el paro, y podrá percibir una prestación por desempleo.
¿Cuánto dura un ERTE?
Cada vez más empresas se acogen al derecho de realizar un ERTE entre toda su plantilla por la imposibilidad de seguir manteniendo en activo la actividad laboral. En un principio, no existe una duración mínima ni máxima en el caso de un ERTE.
En la actualidad, el ERTE se ve marcado por el estado de alarma y las restricciones que apliquen el Gobierno de España a ciertos sectores. Por eso mismo, en el caso de los cierres de bares y restaurantes, el ERTE dejará de tener validez cuando la empresa decida abrir, y sobre todo cuando el Gobierno de España autorice a esos comercios a abrir.
¿Cuánto se cobra por un ERTE y ERE?
Todos los trabajadores afectados por un ERTE en la empresa que trabajaban tendrán derecho a percibir por parte del Servicio de Empleo el 70% de la base reguladora. Este 70% de la base reguladora saldrá de la media de los últimos 180 días cotizados en la Seguridad Social.
Ten en cuenta que el 70y% de la base reguladora se cobrará durante tan sólo los primeros 6 meses, posteriormente el paro del ERTE se pasará a cobrar el 50% de la base reguladora.
Topes máximos y mínimos
El SEPE ha puesto unos topes máximos y mínimos a la hora de cobrar el ERTE, todo esto varía dependiendo de si tienes hijos o no, y de cuántos hijos tienes, por ejemplo:
Cuantía mínima por ERTE
- Sin hijos: 501,99 €
- Con uno o más hijos: 671,30 €
Cuantía máxima por ERTE
- Sin hijos: 1.098,10 €
- Con un hijo: 1.254, 97 €
- Con dos hijos o más: 1.411,82 €
¿Qué días se cobra en un ERTE?
¿Eres un afectado por un ERTE en España y quieres saber qué días se cobra la prestación por desempleo extraordinaria por ERTE? La respuesta es sencilla, como todo lo que se tramita en el SEPE, se cobrará entre los primeros 15 días.
Por norma general entre los días 10 y 15 de cada mes. Pero siempre dependerá también del banco donde tengas domiciliado el paro, por ejemplo, algunos Bancos y Cajas están adelantando el pago del ERTE para ayudar así a todos sus clientes, esto significa que lo más seguro recibas tu el pago antes del día 5 del mes, pero tu banco no lo recibirá hasta dentro del día 10 y 15 de ese mes.
Los bancos que están adelantando el pago de los Expedientes por Regulación Temporal de Empleo son:
- Caixabank
- Santander
- BBVA
- Bankinter
- Banc Sabadell
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