¿Cómo debo proceder si recibo una multa de tráfico en Catalunya? ¿Puedo hacer una reclamación? ¿De qué forma puedo realizar el pago? En este post abordaremos estas y otras interrogantes relativas a las multas de tráfico.
Cómo consultar las multas de tráfico
La Administración está en el deber de notificarte en tu domicilio las multas o sanciones de tráfico que tengas pendiente en un plazo límite de seis meses para las infracciones de carácter grave y de tres meses para las infracciones de carácter leve.
Si por alguna razón no recibe la notificación en este plazo, tienes tres canales adicionales para consultar si tienes una multa de tráfico:
- Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC): Publica todos los avisos del Servicio Catalán de Tráfico (SCT) y las multas impuestas por los Mossos d’Esquadra. Para consultar si tienes alguna sanción, busca tu DNI.
- Boletín Oficial del Estado (BOE): Publica todas las notificaciones del Departamento de Tráfico del Gobierno Vasco (DGT), de la Dirección General de Tráfico (DGT) y del Servicio Catalán de Tráfico (SCT). Para consultar si tienes alguna sanción, ingresa al Tablón Edictal Único (TAU) identificándote con tus datos.
- Boletín Oficial de la Provincia (BOP): Publica las notificaciones de multas emitidas por los agentes de cada localidad o provincia de Catalunya. Para consultar si tienes alguna sanción, introduce tu número de DNI en el buscador. Si cuentas con certificado digital, puedes activar la opción de suscribirte a las notificaciones electrónicas para ser notificado cuando te pongan una multa (ten en cuenta, además, que las multas siempre llegan al titular del vehículo)
Cómo pagar las multas de tráfico
Si ya has recibido la debida notificación en tu domicilio y/o has verificado que tienes una multa, puedes realizar el pago de la misma desde el siguiente enlace:
Deberás introducir el número de expediente de la multa y el número de tu documento de identidad (NIF, NIE o CIF).
Posteriormente, podrás pagar de forma digital el importe de la multa y/o introducir la matrícula del vehículo para ver más detalles sobre la sanción que has recibido.
En caso de que requieras una explicación más completa sobre cómo consultar y pagar la multa de tráfico, echa un vistazo a los siguientes documentos:
- Manual para realizar el pago y la consulta de las sanciones
- Manual para realizar el pago a través de la App de Tránsito
Otras formas de pagar las multas de tráfico en Catalunya
Además de poder pagar la multa por internet desde la página de la Generalidad y la App de Tránsito, también puedes realizar el pago de las siguientes maneras:
- En el momento de la denuncia, puedes pagar directamente al agente denunciante con tarjeta.
- En cualquiera de las oficinas de CaixaBank abonando la totalidad del importe antes del plazo límite de pago impreso en la notificación.
- En las oficinas de los Servicios Territoriales de Tráfico, pagando con tarjeta. Para ello, primero has de solicitar cita previa.
- Llamando al número telefónico 012 (si te encuentras en Cataluña) o al 932 142 124 (si estás fuera de Cataluña.
Información adicional sobre el pago de las multas
Según lo establecido por la legislación vigente, las multas pueden pagarse en un plazo máximo de 20 días naturales a partir de la fecha de la notificación, con un descuento del 50% sobre el importe indicado en la misma. Al optar por esta opción, se renuncia a presentar cualquier tipo de reclamación o recurso por la vía administrativa correspondiente. El particular sólo podrá interponer un recurso contencioso administrativo ante un tribunal, si así lo decide.
La ley prohíbe recibir el descuento del 50% del importe total de la sanción cuando ésta se debe a una de las siguientes infracciones:
- Conducir un vehículo equipado con inhibidores de radar o cinemómetros, así como cualquier otro mecanismo que pueda perturbar el normal funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
- El incumplimiento por parte del titular o arrendatario del vehículo con el que se cometió la infracción de la obligación de identificar legítimamente al conductor causante de la infracción, cuando sea requerido para ello en el plazo estipulado.
- Realizar, sin la debida autorización, obras o reparaciones en la vía pública, así como retirar, ocultar, alterar o dañar de cualquier forma las señales de tráfico permanentes o temporales.
- La no instalación de la señalización vial o el hecho de no hacerlo en violación de la normativa vigente supone una
- La inadecuada o nula instalación de señales de obra, supone un grave peligro para la seguridad vial.
- Conducir un vehículo que pueda ocasionar daños daños en las infraestructuras viarias o alteraciones en la circulación a causa su masa o sus dimensiones sin disponer de la debida autorización administrativa o incumpliendo las condiciones de la misma.
¿Cómo proceder si no estás de acuerdo con una multa?
Si no estás de acuerdo con la sanción, tienes un total de veinte días naturales desde la fecha de notificación para presentar alegaciones y recursos.
En el caso de que ya hayas realizado el pago pero la sanción no haya sido firme porque se han aceptado las alegaciones y/o recursos, o si ha habido un exceso de pago, tienes la posibilidad de solicitar la devolución del exceso de los ingresos debidos por concepto de sanciones de tráfico.
Otros enlaces de interés
Para obtener información complementaria sobre las multas de tráfico y cómo debes proceder en caso de recibir una multa de tráfico, visita los siguientes enlaceS:
- Me ponen una multa de tráfico – GenCat.cat
- Manual para realizar el pago y la consulta de las sanciones
- Manual para realizar el pago a través de la App de Tránsito
- Realizar el pago y la consulta de las sanciones de tráfico